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martes, 31 de diciembre de 2013


Los grupos de empresas pagarán el paro en los ERE a mayores de 50 años




M.Valverde. Madrid
Los grupos de empresas con beneficios deberán pagar solidariamente el coste del desempleo de los trabajadores mayores de 50 años que puedan salir en un expediente de regulación de empleo de cualquiera de las compañías que forman el grupo. Y para ejecutar la obligación de las empresas, el Gobierno se ceñirá al resultado del grupo en España, aunque se trate de una multinacional extranjera y, por tanto, con la casa matriz en otro país.


El Gobierno ha aprovechado el último Real Decreto de Medidas urgentes para favorecer la contratación estable, que aprobó el Consejo de Ministros de la semana pasada para colar de rondón una reforma importante en las regulaciones de empleo. La medida precisa qué se entiende por grupo de empresas y qué resultados han de tenerse en cuenta para valorar la posibilidad de la compañía de hacer frente al gasto que supone hacerse cargo de la protección por desempleo de los trabajadores mayores de 50 años que sean despedidos.

Todo ello es el último cambio de la llamada enmienda Telefónica con la que el Go-bierno intenta reducir las prejubilaciones de trabajadores mayores de 50 años, con car-go a las arcas públicas.

En el primer punto, el Eje-cutivo dice que un grupo de empresas es que el que está definido en el artículo 42.1 del Código de Comercio. Entre otras cosas, la disposición señala que “existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras [empresas]”. Ello significa, en otros puntos, la consolidación de las cuentas, la posesión de la mayoría de los derechos de voto o la facultad de nombrar o destituir a la mayoría del Consejo de Administración.

Es decir, que el Ejecutivo muestra que es el grupo de empresas clásico el que debe hacer frente de forma solidaria al coste del desempleo de los trabajadores mayores de 50 años, cuando se cumplan otras dos condiciones. Que el entramado tenga más de 100 trabajadores y que, en con-junto, haya tenido beneficios durante dos años consecutivos, anteriores al despido colectivo, o tenga, o vaya a tener, resultados positivos entre el ejercicio anterior al ERE y los cuatro años posteriores a la decisión.

El Gobierno resuelve así las dudas de los despachos laboralistas y de las empresas que cuestionaban la regulación cuando, dentro de un mismo grupo, las empresas que lo for-man llevan políticas laborales distintas. Por lo tanto, todo el grupo es solidario, si tiene beneficios o prevé tenerlos.

En segundo lugar, en el citado Real Decreto, el Gobierno precisa que, a estos efectos, los resultados a tener en cuenta son los que tengan las empresas del grupo en España. Es decir, que, aunque tenga pérdidas globales en el conjunto de varios países, una multinacional debe hacer frente al desempleo de sus trabajadores mayores, si tiene beneficios en España.

Por el contrario, la multinacional, española o extranjera, no deberá pagar al Tesoro, si tiene pérdidas en el país, aunque tenga beneficios fuera. El Gobierno prevé recaudar por la penalización de las prejubilaciones 390 millones de euros hasta 2020, cifra que asciende a 435 millones, teniendo en cuenta el ahorro que espera en el propio pago de las prestaciones por desempleo. Sin embargo, según ha informado a CiU, desde 2011 y hasta agosto de este año, el Ministerio sólo ha previsto recaudar 960.000 euros. Empleo es incapaz de actualizar la información.