El punto 3 del articulo
45 del convenio colectivo nacional de empresas de seguridad recoge lo
siguiente:
En cada Empresa se establecerá un turno rotativo de disfrute de las vacaciones. El período que constituye turno se determinará de acuerdo entre las Empresas y el Comité de Empresas o Delegados de Personal, debiéndose fijar el cuadro de vacaciones con antelación de dos meses al inicio del período anual de vacaciones.
La dirección de la empresa
se ha pasado esta obligación por el forro siempre. Ya el año pasado la sección
sindical de UGT propuso al comité de empresa denunciar este incumplimiento y
tras muchas discusiones lo conseguimos.
Este año la empresa puso
encima de la mesa una propuesta para empezar a negociar, tal y como establece
la norma, pero como no podía ser de otra manera, era un engaño. Era un engancho
y una falta de respeto hacia el comité y hacia todos los trabajadores que
conforman la plantilla, porque mientras estábamos negociando, desde el
departamento de Operaciones se estaba llamando a los centros tratando de
imponer unas vacaciones que no tenían nada que ver con lo que el comité de empresa
tenia encima de la mesa. Añadiendo, además, que ya estaba firmado por el Comité
de Empresa.
Llegado el día del comité
de empresa donde se tenia que votar la propuesta, UGT planteo que no se
aprobara, porque era un insulto y una vergüenza que nos manipularan de esa
manera y que el comité de empresa no podía permitir que se le faltara el
respeto a todos los trabajadores de la plantilla, puesto que se estaban
informando vacaciones a trabajadores que no tenían nada que ver con lo que nos habían
contado. Además de esto, cuando un compañero protestaba, desde el departamento
de operaciones le decían que eso era lo que nosotros, el comité de empresa, habíamos
firmado.
Como podéis ver, una vez
mas la empresa en su papel de manipuladora, pero lo mas triste de todo es que
el día de votar, CCOO, USO y ATES,
votaron SI al plan de vacaciones (otra
vez estos unidos contra los intereses de los trabajadores). ¿Y alternativa
sindical?, pensareis algun@s, ABSTENIENDOSE, como siempre. Este plan de vacaciones,
con su correspondiente engaño, solo conto con el voto en contra de UGT.
En el enlace de abajo podéis
descargar el plan, que viene a decir que si no os ponéis de acuerdo en vuestro
centro para el disfrute de las vacaciones, respetando los porcentajes de
persona/mes que se pueden ir, se aplicara el plan en su totalidad.
Esto incumple en su
totalidad en el punto 2 del articulo 38 del Estatuto de los Trabajadores que
dice:
El periodo o periodos de su disfrute se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador de conformidad con lo establecido en los Convenios Colectivos. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
Es decir, una vez que el comité haya establecido
los periodos, como por ejemplo verano e invierno, será el trabajador el que negocie
las fechas.
¿Dónde esta el truco? Hasta donde nosotros
sabemos quieren poner en verano en cada cuadrante 13 días de vacaciones y 3
libres. ¿para que? Para en los meses donde haya déficit de jornada meter esos días
de vacaciones y que en los meses de verano no haya horas extras.
Muy importante, en el momento de que os den el
cuadrante y no estéis de acuerdo con las vacaciones asignadas, tenéis 20 días
para denunciarlo.
Por este motivo, es necesario que pidáis por escrito
que os notifiquen las vacaciones por escrito, porque los lumbreras que han
aprobado el plan han permitido, esta recogido en el acuerdo, a la empresa que las vacaciones sean notificadas
a través del portal del empleado y solo solicitando por escrito la fecha de disfrute de las vacaciones, la empresa tiene obligación de notificarlas. Si no lo haces así y si no tienes acceso a
internet o no quieres entrar en el portal, te joderas y te encontraras con unas
vacaciones que no podrás reclamar.
Descarga el acuerdo de vacaciones ---> aquí