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lunes, 21 de noviembre de 2016


ALCOR SEGURIDAD | Comentario Sentencia AN Impugnación Convenio Colectivo

Después de las diferentes llamadas de los compañeros, os enviamos nuevamente el correo que se envió el día 12 de mayo de 2014, en relación a la sentencia de la Audiencia Nacional Alcor Seguridad.


En relación a la Sentencia de la Audiencia Nacional nº 77/2014, dictada en el procedimiento de impugnación del Convenio Colectivo de ALCOR SEGURIDAD (nº autos 417 /2013), os comentamos lo siguiente:

En la demanda se solicitaba la nulidad del convenio colectivo de ALCOR SEGURIDAD, que fue suscrito el día 2 de julio de 2013.

Entre las causas de nulidad alegadas, había algunas que afectan a la validez del convenio colectivo en su totalidad (como la nulidad en la composición de la mesa negociadora o la falta de legitimación de los firmantes), y otras que solo afectaban a determinadas partes, como la aplicación retroactiva de las tablas salariales o algunos artículos (los que regulan la jornada, vacaciones, etc.).

La Sentencia de la Audiencia Nacional estima parcialmente la demanda, de forma tal que rechaza la nulidad total del Convenio de ALCOR, pero estima el resto de pretensiones parciales, a saber:

-          Anula la aplicación retroactiva de las tablas salariales del Convenio de ALCOR. Ello implica que dichas tablas salariales solo se pueden aplicar a partir del 3.07.2013 y no antes. Así, en el período comprendido entre el 1.01.2012 al 2.07.2013, se tienen que aplicar en ALCOR las tablas salariales del convenio colectivo sectorial de seguridad.
-          Declara la inaplicación de los artículos del convenio de ALCOR que regulan la jornada, vacaciones y licencias (Arts. 37.1, 40 y 41, respectivamente). Ello significa que mientras esté vigente el convenio colectivo sectorial dichas materias se regularán por lo dispuesto en el mismo (Arts. 41, 45 y 46, respectivamente).
-          Declara la aplicación de los pluses de escolta, actividad, radioscopia aeroportuaria, Noche Buena y Noche Vieja y gratificación de beneficios (Arts. 69, 70.b y 70.2) del convenio colectivo sectorial, siempre que se de el supuesto de hecho que da derecho a percibir tales pluses.

Esperamos que estos comentarios sirvan para aclarar las dudas suscitadas.


viernes, 3 de junio de 2016


TSJA obliga Alcor a pagar a sus vigilantes el salario del convenio nacional


  • El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha obligado por sentencia a Alcor Seguridad, empresa que tiene a su cargo la seguridad del Centro Penal de Menores de Sograndio, a pagar el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad.
Según ha explicado el sindicato UGT, en el año 2015, esta empresa había tomado la decisión de aplicar su propio Convenio de Empresa, generando una reducción de más del 20% en los salarios de los Vigilantes. "Tras varias movilizaciones y un intento de huelga, ahora el TSJ Asturias, Sala Social de Oviedo, da la razón a los sindicatos y obliga a esta empresa a pagar el Convenio Nacional y una deuda acumulada de más de 150.000 euros", ha explicado el sindicato.
La nota señala que el Principado de Asturias, contratante de este servicio (el de Sograndio) y conocedores de la citada sentencia, ha informado de que ya han empezado a aplicar sanciones graves a esta empresa por incumplimiento del pliego de condiciones.
Dada esta situación, el Principado "nos confirma que en Noviembre finaliza este contrato y bajo ningún concepto se volverá a adjudicar a esta empresa ningún servicio de seguridad en nuestra comunidad", han añadido desde UGT.

miércoles, 6 de abril de 2016


La justicia investiga a la empresa de seguridad Alcor, que vigila el AVE a Galicia por ocho delitos

Blanqueo, fraude a la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores, falsedad documental, revelación de secretos, simulación de contratos o alzamiento de bienes

La empresa de seguridad Alcor, responsable de vigilar las obras del AVE Madrid-Galicia o la Y vasca, está en el punto de mira de la justicia cada vez con más intensidad. Y no solo por delitos contra los derechos de los trabajadores, blanqueo, fraude a la Seguridad Social o a la Hacienda Pública, que ya fueron dados a conocer por El Confidencial, sino también por casi media docena más de infracciones contempladas en el Código Penal.

Así se deduce del reciente auto emitido por la jueza María Yanet Puga, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Monforte de Lemos, localidad donde tiene su sede central la mercantil, fechado el pasado 18 de marzo, que ordena despiezar la causa en cinco investigaciones, además de la principal, correspondientes a la instrucción de otros cinco delitos. En concreto, se trata de alzamiento de bienes, revelación de secretos, falsedad en documento oficial por la posible alteración del libro de catálogo de medidas de seguridad de la empresa, estafa por simular un contrato de trabajo para obtener una prestación por desempleo a la que no tenía derecho y tráfico de influencias

El Juzgado achaca indiciariamente estos delitos a los directivos de la compañía Carlos Somoza -presidente y administrador único-, Ramón Mateos, Antonio Francisco Soler, Yaiza del Carmen Santana y dos personas más llamadas Berta y José Manuel sobre los que el auto no apunta los apellidos. Argumenta la jueza que los delitos que se investigarán en piezas separadas son más sencillos de instruir, "por lo que no parece oportuno posponer su eventual enjuiciamiento" al momento en el que se juzgue la causa principal, "más laboriosa y complicada".

La pieza principal de la causa -que se encontraba bajo secreto de sumario hasta ahora- investiga a los responsables de la mercantil por explotar a los trabajadores que vigilaban los explosivos utilizados para las obras, someterles a intensas jornadas de trabajo de 12 y 24 horas al día durante más de dos semanas seguidas, obligarles a dormir y ducharse en casetas de obra o forzarles a cobrar las horas extra en metálico, en B o mediante la presentación de facturas personales emitidas a nombre de la mercantil por consumos realizados por los empleados en su vida privada.

Si los empleados no presentaban facturas -que en algunos casos llegaban a hacer incluso los familiares de los trabajadores, para conseguir hacer frente a toda la deuda-, la empresa no abonaba las horas extra. El día en el que se hacían efectivos los pagos, a través de sobre o mediante talones, los empleados formaban largas colas a las puertas de la empresa provocando imágenes que recuerdan a otros tiempos. 

Decenas de trabajadores de la mercantil se han concentrado esta mañana en la puerta del Juzgado número 2 de Monforte con el fin de protestar contra la cultura laboral de la compañía. Los manifestantes han sido convocados por la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera (USO), organización que denunció a Alcor ante la Policía Nacional, que puso los hechos en conocimiento del Juzgado número 2 de Monforte y que dio origen a las presentes diligencias.

Mientras se desarrollaba la protesta, dentro de la sede judicial, la magistrada abrió la caja fuerte que los investigadores intervinieron en el edificio que ocupaba la compañía. Tras llamar a un cerrajero especializado porque inicialmente no se podía abrir, la jueza se llevó la sorpresa de que no había nada en el interior de la caja.


Alcor, mercantil de seguridad privada que presta servicios a la administración pública y a empresas de toda España, fue fundada en 2009 en Monforte. Cinco años después, alcanzó los 800 trabajadores en plantilla. Actualmente cuenta con cerca de 1.500 empleados. A pesar de este fuerte crecimiento, al menos en apariencia, la empresa se descolgó del convenio colectivo estatal en 2013 y recortó el salario de sus trabajadores.

Fuente:http://www.elconfidencial.com/espana/2016-03-31/la-justicia-investiga-a-la-empresa-que-vigila-el-ave-a-galicia-por-ocho-delitos_1176609/